El COFIPE no garantiza el derecho a votar de todas las personas con discapacidad
Se deben empujar la actualización del COFIPE mediante denuncias de casos
Por: Agustín de Pavía*
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Como es época electoral en México, uno que es abogado (y en ocasiones me han acusado de ser leguleyo) revisa el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) a ver si cumple todos los requisitos para ir a votar. En este vicio de revisar el COFIPE encontré con sorpresa la palabra “mental”. Lo primero que se piensa sobre el término mental es que se refiere a personas con discapacidad psicosocial, lo segundo es que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad maneja el concepto de mental en lugar de psicosocial. Para este caso sirve que la Convención utilice el concepto de persona con discapacidad mental. Recuerden la discusión que se suscitó entre los ministros de la Suprema Corte en relación a si una persona con "incapacidad" era una persona con "discapacidad".
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Rechaza gobierno del DF recomendación de la CDHDF sobre personas con discapacidad mental en albergues La decisión vulnera derechos, señalan ONG´s, y piden que intervenga el legislativo local
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México, D.F, 16 de mayo de 2012.- Organizaciones de la sociedad civil dieron a conocer que el Secretario de Desarrollo Social del Distrito Federal (SEDESO), Jesús Valdés Peña, rechazó el 80 por ciento de la Recomendación 2/2012 de la Comisión de Derechos Humanos del D.F referente al trato inhumano y degradante que sufren personas con discapacidad mental y/o psicosocial internadas en los albergues o Centros de Asistencia e Integración Social (CAIS) "La Cascada" y "Cuemanco", emitida el pasado 23 de marzo. La recomendación está dirigida a la SEDESO y a la Secretaría de Salud del gobierno capitalino.
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